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Clonemos a Blanquita: sobre los expedientes laborales

expediente laboralElla no lo recuerda. A mí me marcó. Hace casi 16 años, cuando vine a trabajar a este periódico, la entonces  jefa de Recursos Humanos al revisar  frente a mí el expediente laboral dijo  que estaba incompleto: “Le falta un  documento y hasta tanto no lo traigas  es imposible darte el alta. Hoy verás  esto como medida extrema, un día me  agradecerás que haya actuado así”.

¡Qué burocratismo! ¿Por un papel? Puedo empezar y en unos días  lo busco. Fue mi comentario interior  pero salí en pos del pliego, porque  Blanquita había presentado sus cartas credenciales como fiel embajadora de una importante actividad, a la  que muchos solo dan su valía esporádicamente y sumo interés en el momento cercano a la jubilación.

De seguro que pocos administradores paran mientes en contabilizar  de cuántos errores conceptuales o de actuación los libra un buen especialista en Recursos Humanos, sobre  todo en estos tiempos de cambios en  normas jurídicas, decenas de ellas derogadas y otras modificadas para, por  ejemplo, atemperar el entorno laboral  a las exigencias del nuevo modelo  económico.

Hace varios años que Blanquita se retiró, sin embargo, sus enseñanzas transcurrieron del plano personal al profesional, pues al frente de la  sección Buzón abierto no transcurre  una semana sin que lea irregularidades relacionadas con la pérdida de  documentos imprescindibles en los  expedientes laborales o el extravío de  estos. Un peso que inclina la balanza  en contra de numerosas entidades, si  bien del otro lado también hay culpa  de trabajadores.  Recuerden que ustedes pueden revisar su expediente, repetía la susodicha, quien por inhiesta y exigente ganó  fama de tener “mano dura”, la cual de  seguro no pareció tanto para aquellos  que a la hora de la jubilación encontraron íntegro su expediente laboral.

Más que expedientes perdidos

Quise compartir con ustedes estas reflexiones a propósito de otra respuestafirmada por Ana Margarita Martín, jefa del departamento de Trámites de Pensiones del Instituto Nacional de Seguridad Social (Inass), esta vez ante las quejas del granmense José Guzmán Barreto, decidido ahora a jubilarse, tras posponerlo para contribuir en las aulas ante la falta de docentes.

Cuenta este que fungió 48 años como profesor en Educación, y a partir de aprobarse el pluriempleo extendió su profesión a la filial de Ciencias Médicas en el municipio de Guisa, donde le perdieron los documentos que avalan el tiempo laborado y salarios ganados allí, “solo  existe el contrato del 2009”. En el  nivel provincial le expusieron que carecen de manuscrito alguno para legitimar su trabajo con ellos y debió haber guardado las copias, “que  nunca me entregaron y tampoco me  preocupé por tenerlas”, reconoce  Guzmán Barreto.

En las direcciones del Inass municipal y provincial le expresaron  que la tarjeta de los salarios devengados es imprescindible para reconocer esos años. Como alternativa citó  las pruebas testificales que podían  aportar alumnos, el jefe de carreras,  el administrador; aunque le contestaron que esos testimonios ya no invisten validez.

Entonces se cuestiona: ¿Por qué tengo que pagar por el descontrol de otro y quién es el responsable de preservar los documentos originales y  los expedientes laborales?

Administración obligada

La especialista del Inass refiere que los documentos de tiempos de servicios constituyen evidencia indispensable del período laborado por el trabajador, a los efectos de los trámites para la jubilación establecidos en la Ley No. 105/2009 De Seguridad Social. Su custodia y conservación son responsabilidad de la entidad, la cual responde por el extravío de  dichos documentos, según lo dispuesto  en la vigente Ley No. 116/2014, Código  de Trabajo.  Es indudable entonces, que en la filial de Ciencias Médicas están obligados a reconstruir la historia laboral de Guzmán.

Ana Margarita Martín recalcó, además, que cada empleado tiene la responsabilidad de revisar si los papeles de su expediente laboral están  en regla y mucho más en la etapa cercana al retiro.

Amén de la competencia administrativa expuso como otra posible solución que el lector granmense  aportara documentos tales como diplomas de reconocimiento, certificados evaluativos, contratos, recibos  sindicales, carnés u otras pruebas de  haber trabajado en el lapso que requiere legalizar; para su valoración  por la filial del Inass, la cual de aceptarlos emite un dictamen con carácter excepcional.

Asimismo, recalcó que la prueba de testigos no es válida para avalar un período de servicios, que fueron actualizados entre 1980 y 1985 y solo hasta ese momento se permitió aquel tipo de evidencia. Agrega que a partir del 1º de enero de 1980 rige un registro o tarjeta (modelo SNC2-25) que el trabajador debe firmar  cada año y sirve de base para expedir las certificaciones. Su fuente son las nóminas, que a la entidad corresponde guardar por cinco  años.

Evalúe usted si es importante o no revisar el expediente y poner atención al firmar la tarjeta que atestigua  los salarios devengados.

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