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Jubilación: Saber exigir sus derechos

Las dudas sobre jubilación son recurrentes en Buzón abierto y siempre reciben respuesta de especialistas del Instituto Nacional de Seguridad Social (Inass). Foto: Tomada de internet
Las dudas sobre jubilación son recurrentes en Buzón abierto y siempre reciben respuesta de especialistas del Instituto Nacional de Seguridad Social (Inass). Foto: Tomada de internet

 

Las dudas sobre jubilación son recurrentes en Buzón abierto y siempre reciben respuesta de especialistas del Instituto Nacional de Seguridad Social (Inass), que ahora contestaron las dudas del cienfueguero Luis  Arturo Rodríguez Cruz, porque su  expediente laboral no aparece para  poder realizar la solicitud de incremento de pensión.

Los documentos de tiempos de servicios, expone Ana M. Martín Pérez, constituyen evidencia indispensable del período laborado por el  trabajador a los efectos de cualquier  trámite relativo a la Seguridad Social, establecidos en la Ley No. 105  en vigor desde el 2008 y con total vigencia.

Por ello en cuanto a la reclamación trunca del lector cienfueguero, informaron que “la entidad es la  máxima responsable de la custodia  de los documentos sobre tiempo de  servicio y salarios y responde por su  pérdida”, según el anterior y actual Código de Trabajo y otras resoluciones legales.

Todos disponen que la administración debe efectuar las diligencias  necesarias para reconstruir la historia laboral de los trabajadores afectados, recalca.

Por otra parte, señala que la Resolución No. 8 del 2005 y el Decreto  326 del 2014, Reglamento del Código  del Trabajo, vigentes cuando Rodríguez Cruz se desvinculó, determinan  que en el caso de quien abandona el  centro de trabajo sin que se conozca  su paradero, el expediente laboral  permanece durante cinco años en la  entidad. Si en ese período ninguna  otra solicita el documento, lo mantiene por 10 años.

Pasado ese tiempo, si continúa dicha situación, se procede a la incineración, tras ser levantada el acta correspondiente que queda archivada  en la Hoja Resumen en la entidad.

No obstante lo anterior, subraya la especialista, el trabajador puede acudir a las instancias administrativas y sindicales para solicitar apoyo  en la búsqueda de cualquier información que acredite su condición de asalariado. Las evidencias obtenidas  deben ser presentadas en la filial del  Inass del municipio de residencia, a  fin de que sean valoradas conforme  al procedimiento establecido en la  legislación de Seguridad Social.

Igualmente, si obran en su poder documentos tales como carné,  contratos, diplomas de reconocimiento, certificados evaluativos,  recibos sindicales u otras constancias de que estuvo empleado en el  período que requiere acreditar,  puede presentarlos para su valoración en la mencionada dependencia,  a los efectos de reconocer la etapa  laborada a través de un dictamen de  tiempo de servicios, que es expedido de manera excepcional cuando  el trabajador presenta las referidas  pruebas, concluye.

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