Cálculo y escalas de pensiones

Cálculo y escalas de pensiones

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Dudas e inconformidades respecto a la jubilación son permanentes en numerosas cartas de nuestros lectores, a pesar de que al tema dedicamos espacios en varias ediciones.

Cómo se realiza el cálculo de la pensión a recibir, las escalas y otros aspectos son ampliamente explicados en las dos respuestas que ofrece Ana M. Martín Pérez, jefa del Departamento de Trámite de Pensiones del Instituto Nacional de Seguridad Social (Inass), que si bien no les conceden la razón a los promoventes, son muy esclarecedoras.

Más tiempo es más dinero

Inconforme con el incremento de su pensión nos escribió Luz B. Alba Ramírez, al opinar que no se había tomado en consideración el tiempo laborado después de su jubilación. Sobre esa duda le explica la especialista que al momento de su retiro por edad, en septiembre del 2002 y con 36 años de trabajo, estaba vigente la Ley 24 de Seguridad Social, por lo cual se le aplicó al salario promedio mensual reconocido ($ 313.35), el 61,5 %, en correspondencia con la edad y el período de servicio. El monto resultante mensual de $ 192.71 se elevó a $ 270.00, en virtud de los aumentos efectuados en el país por rangos de cuantía, en los años 2005 y 2008.

Tabla 1: Escala vigente para realizar incrementos a las cuantías de pensiones

tabla 1 Escala vigente para hacer incrementos a las cuantías de pensiones

 

La Ley 105 del 2008 de Seguridad Social establece que los pensionados por edad cuando cesan en el trabajo al que se reincorporaron tienen derecho a obtener un aumento en la pensión, subraya la especialista.

Asimismo, el Decreto 283 del 2009, Reglamento de la mencionada norma, estipula que “el incremento se suma a la cuantía original de la pensión y se aplica de acuerdo con las normas siguientes: si es mujer, una vez alcanzados los requisitos de 60 años o más de edad y 30 años de servicios, se incrementa el 2 % del nuevo salario promedio”.

El crecimiento del dinero por el retiro, agrega, se determina sobre el salario promedio mensual que resulte de los mayores salarios devengados luego de la reincorporación al trabajo.

Ejemplifica que Alba Ramírez después de jubilada acumuló un tiempo de servicios de cinco años y le aplicaron el 10 % sobre el salario promedio mensual, ascendente a $ 690.70, de lo que resulta la cantidad de $ 69.07. En consecuencia, su pensión se incrementó a $ 261.79 mensuales y con los citados aumentos aprobados a partir del 2005 ascendió a $ 340.00.

La funcionaria ratifica que el pago que recibe esta lectora es correcto y coincide con lo reflejado en la Resolución 235 del 2014.

¿Cómo calcular?

También para Ángel L. González Basalto, quien acreditó 62 años de edad y 45 años de servicios, el cálculo de su pensión es correcto. Este remitente obtuvo su jubilación antes de cumplir la edad requerida para los hombres en Cuba (65 años), por tal razón y según lo dispuesto en la Ley 105 de Seguridad Social, la cuantía de su retiro se establece de conformidad con las reglas siguientes:

a) por los primeros 25 años de servicios se aplica el 50 % sobre el salario promedio mensual

b) por cada año de servicios que exceda de ese tiempo antes de cumplir la edad requerida para obtener la pensión por edad, se incrementa en un 1 % el porcentaje a asignar sobre el salario promedio mensual

c) a los hombres que alcanzan los 60 años de edad y 25 de servicios reciben un aumento especial por cada año de servicios prestados con posteriorid. ad conforme a la siguiente escala:

  • en el primer y segundo año, el 1,5 %
  • en el tercer y cuarto año, el 3 %

La suma a cobrar se deduce del salario promedio mensual resultante de los mayores sueldos devengados durante cinco años naturales, seleccionados de entre los últimos diez años anteriores a la solicitud de la pensión, recalca Ana M. Martín.

“Si el salario promedio mensual excede de 250 pesos, el cálculo de la pensión se efectúa sobre la cantidad que resulte de tomar hasta esa cifra y el exceso de esa cantidad en un 50 por ciento. Posteriormente se aplican los incrementos pertinentes”, señala.

Como Ángel acreditó 44 años de servicios (Ver en tabla 2) le correspondió el 70 % del salario promedio mensual reconocido y ajustado de $ 308.05, resultando un valor neto de $ 215.64 mensuales, que se elevó a $ 305.00 por los incrementos aprobados (Ver tabla 1).

Tabla 2: Tiempo de servicio reconocido

Tabla 2 Tiempo de servicio reconocido

 

Tabla cálculos

Para determinar su salario promedio mensual reconocido se toman los cinco mejores salarios devengados de los 10 últimos años naturales trabajados:

para determinar salario promedio

Entonces el salario promedio es de $ 366.10, que al aplicarle el ajuste explicado inicialmente resulta en $ 308.05.

$ 366.10 – $ 250.00=$ 116.10

$ 116.10 x 50 %=$ 58.05

$ 58.05 + $ 250.00=$ 308.05

concepto

Base por años de servicios:

Con todos esos argumentos, la funcionaria reitera que la pensión de Ángel también es correcta y está en concordancia con lo reflejado en la Resolución No. 64133 de noviembre del 2014 y no difiere con el artículo Me quiero jubilar, pero… publicado en el periódico Trabajadores.

En ambos casos los remitentes recibieron la sugerencia de que si continuaban inconformes, y agregamos que para cualquier lector en una situación similar, pueden interponer un Recurso de Revisión ante la directora general del Inass, presentando todas las pruebas que a su favor estime pertinentes, a través de la filial municipal de este organismo.

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20 comentarios en Cálculo y escalas de pensiones

  1. Los funcionarios incluidos en Clases Pasivas tienen reglas especiales en el c lculo de su pensi n de jubilaci n en comparaci n con las reguladas en el R gimen General de la Seguridad Social. Mientras que las pensiones en el r gimen general dependen de las bases de cotizaci n de los trabajadores que guardan relaci n directa con sus salarios, en el supuesto de los funcionarios incluidos en Clases Pasivas se establecen seg n el haber regulador.

  2. Buenas tardes.
    Soy trabajadora de la Unidad Central de Cooperación Medica.
    Tengo 65 años de edad, no así los de trabajo que está entre 22 y 23 años.
    Quiero jubilarme el próximo año

    ¿Ustedes pueden orientarme que debo hacer al respecto.

  3. Mi jubilación subió 1528 de 1365 que fue mi jubilación por 44 años de trabajo como piloto de cubana de aviación, así como a mis otros colegas con relación a todo lo que tengo que pagar no alcanza.

  4. Estoy jubilado y reincorporado al trabajo con salario superior al que tenia antes de la jubilacion . Quiero preguntar si es cierto que se puede renunciar a la jubilacion, (eso me han dicho en el INASS del municipio),,seguir reincorprado y tener una nueva jubilacion en años siguientes ???.

    • Puede cobrar su jubilación y al mismo tiempo estar recontratado en el mismo puesto de trabajo, y si tuvo 45 años de servicio, volver a aumentar su pensión si trabaja 5 años más estando jubilado y recontratado. No obstante, le sugerimos que indague nuevamente con especialistas del INASS en su municipio. Ante cualquier duda, escriba a buzon@trabajadores.cu

  5. Necesito saber como se calcula el tiempo de trabajo, me dicen que es por periodo.
    Que se tiene en cuenta para esos periodos y como se calcula el tiempo a tener en cuenta?
    Se descuentan los meses o dias no trabajados o como se hace?
    Mucas gracias espero su respuesta.

  6. Buenos dias
    Me quiero jubilar, por lo que deseria la ayuda sobre el calculo del salario de jubilacion, tengo 65 anos de edad, 45 ano de servicio y los cinco salarios mayores de los ultimos 15 anos son:

    12 848,50; 12 750,80; 12 418, 37; 12979, 54 y 13 025, 94.

    Agradeceria su ayuda, ya que realmente paso trabajo para hacer los calculos de jubilacion.
    Gracias para ustedes

    Juan

  7. Buenos días para todos, tengo 54años de trabajo en el mismo lugar y 82años de con un salario promedio de 250 00.Me pueden ayudar a calcular mi jubilación q acabo de presentar. Mil gracias y bendiciones para ustedes. Noemi

  8. Quiero esclarecerme si después de alcanzar el 90 % y tener mi chequera de jubilación, lo que no permite más incremento. Me indorporé y quiero saber porqué me cotinuan descontando el 5 % para la seguridad social. Que resplución establece o no esta medida. Saludos

  9. Quiero esclarecerme si después de alcanzar el 90 % y tener mi chequera de jubilación, lo que no permite más incremento. Me indorporé y quiero saber porqué me cotinuan descontando el 5 % para la seguridad social. Saludos

  10. Hola, mi duda es la sigueinte, los 5 años de Universidad se tienen en cuenta para calcular los años de trabajo? Gracias.

  11. Tengo una duda enormes mi abuela desde que yo naci y tengo 44 anos tiene una chequeras, porque ella tenia tierra y las entregado al Estado, el que la a sociology a una cooperative y la jubilo con esa chequera, que es tipo S no se lo que significa, pero si se que me dijeron que no entra en el aumento, por qué

    • Tengo 5 años de trabajo despues de jubilada y el salario de ese tiempo corresponde a 120000.00, entonces a cuanto ascenderia el incremento de mi jubilacion????

  12. Hola tengo una inquietud la cual me gustaria me fuese aclarada.

    Un trabajador que ya le fue aprobada la invalidez total por la CPML,este trabajador cuenta con un contrato de trabajo extra fuera de su horario laboral para realizar el calculo de la misma se le deben tener en cuenta los salarios devengados en dicho contrato, teniendo en cuenta la fecha en que se puso en vigor el decreto ley 268 de 2009 el cual rige la aprobación del pluriempleo. por favor le quedaria eternamente agradecida por su aclaración

  13. Tengo 66 años de edad y 42 de trabajo , me voy a jubilar, pero no hay quien poner en mi plaza por no contar con personas con el conocimiento requerido para ocupar dicha plaza que es de Metodológo, quiero saber si pueden hacerme un contrato en la misam plaza que ocupo despues de jubilarme hasta encontrar una persona que pueda preparar para ocuparla, ademas quicieraq saber que porciento tengo derecho por los años de trabajo.

  14. tengo 62 años cumplidos en este mes de enero del 2018, me gradué en 1980, tengo 37 años de trabajo,quiero saber si me puedo retirar y hacer contrato de trabajo, se que en mi caso tendría que ocupar otra plaza….entonces sería mejor hacer esto o seguir trabajando hasta donde pueda? me consideran el contrato mas adelante en mi jubilación o sería mejor seguir con el aumento del % establecido?

  15. Hola, tengo una duda, si el calculo que se realiza para la jubilacion excede el salario actual, se paga esa cantidad o se iguala al salario?,lo digo porque calculando mi salario promedio mas el 2% por los 10 años que trabajare por encima de los 30 de servicio, excederia mi salario actual, gracias.

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