Salario: unos sí, otros no

Salario: unos sí, otros no

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Imagen: elporvenir.com.mx
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El licenciado Carlos Rodríguez Pérez, de la Dirección Provincial de Deportes en Las Tunas, escribe a esta sección en su nombre y de los colegas, para manifestar desacuerdo con lo que califican como un apéndice ilegal a la Resolución 46, que establece las escalas salariales en ese sector.

Hasta el 2009 —refiere—, todos los trabajadores del Instituto Nacional de Deportes, Cultura Física y Recreación (INDER) recibían la remuneración amparados en la Resolución 18 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), según el grupo salarial al que pertenecían.

Algunas de las cuantías que menciona son que en el grupo I el salario es de 225 pesos y en el XII, de 400 pesos.

Un año después entró en vigor la No. 97, que derogaba a la 18 y establecía la nueva política salarial, también con un alcance general. Es así, por ejemplo, en el grupo I el salario llegó a 275 pesos y a 525 en el último.

Explica Rodríguez Pérez que otras normas modificaron alguna política, pero mantenían esos pagos, incluso la vigente Resolución 46.

“Lo curioso del caso, enfatiza el reclamante, es que solo se aplica al personal docente, pues los no docentes continúan cobrando por la extinta Resolución 18”.

Ellos han buscado respuestas y no los convence la información recibida del departamento de Recursos Humanos de dicha institución, la cual da cuentas de que el MTSS emitió una carta para el presidente del INDER, con fecha 2 de marzo del 2010, en la cual autoriza a pagar al personal no docente bajo el amparo de la citada disposición y que en el momento de su promulgación faltaba el presupuesto para respaldar los cambios.

Ante el justo reclamo, el Sindicato Provincial de la Educación, la Ciencia y el Deporte ha reiterado que la inconformidad fue trasmitida al nivel nacional pero la respuesta no llega. ¿Cómo es posible que esto ocurra? ¿Una carta adquiere rango jurídico por encima de una norma aprobada?

Desde mi apreciación particular ha transcurrido un período bastante largo para enmendar la falta de previsión y, además, se impone revisar el caso y atender la insatisfacción con argumentos objetivos, transparentes, y valorar en su justa medida a esos trabajadores como eslabones de un sistema, pues sin su participación sería imposible alcanzar las metas.

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