Código de Trabajo: cómo elevar protagonismo y liderazgo del sindicato

Código de Trabajo: cómo elevar protagonismo y liderazgo del sindicato

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Es clave la participación de los trabajadores en todo el proceso de elaboración y aprobación de los Convenios Colectivos de Trabajo. Foto: Eddy Martin
Es clave la participación de los trabajadores en todo el proceso de elaboración y aprobación de los Convenios Colectivos de Trabajo. Foto: Eddy Martin

Por Betty Beatón y Gabino Manguela

Por años el “extinto” Código de Trabajo pareció ser la Santa   Bárbara de los conflictos laborales   en el país, pues a la par de   que muchos recuerdan a la venerada   imagen en el momento del trueno, no   pocos tomaban en cuenta el convenio colectivo de trabajo (CCT) solo si alguna   contradicción ponía en riesgo su   status.

Y ahí radica una de las fuertes razones del nuevo documento, pues en tanto es el más importante legajo de derechos y deberes de trabajadores y empleadores,   constituye, asimismo, una elevada   muestra de que, en efecto, en Cuba los   trabajadores son dueños.

Bajo ese principio, desde el pasado   julio comenzó en el país la capacitación   a dirigentes sindicales y representantes   administrativos en aras de la concreción   del Código, su Reglamento y las   disposiciones complementarias.

“La preparación de todos los implicados   en la materialización del Código   ha sido intensa —aseguró Magdalena   Merino Acosta, miembro del secretariado   provincial de la CTC en Santiago de   Cuba— y continúa como una prioridad,   pues sabemos que el conocimiento profundo   de todo   lo legislado   resulta determinante,   y mientras   e x i s t a n   dudas habrá   que   esclarecerlas.

“Hemos contado con la participación   activa de los compañeros de la dirección   provincial de Trabajo y Seguridad   Social, quienes han precisado las   cuestiones que mayor inquietud generan,   tales como el tratamiento laboral   y salarial de los recién graduados, la   entrega del expediente a los trabajadores   y la actualización de la tarjeta   SNC-225, entre otras cuestiones.

“En lo que respecta a los CCT estamos   a la espera de la llegada de los   lineamientos generales acordados entre   los representantes administrativos de   los organismos nacionales y los sindicatos   de ese nivel para poder concretar   la firma de 504 convenios con 2 mil 187   suplementos que deben quedar conformados   todos antes de concluir diciembre”,   manifestó.

Más de una opción para la   capacitación 

La División Territorial de Etecsa es   una de las entidades de la provincia   de Santiago de Cuba en la que se   concreta con mayor celeridad la implementación   del Código de Trabajo.   “¿Para qué esperar?”,   dijo Ángela Soria   Carbonell, secretaria   del buró sindical.

“En definitiva los cambios que recoge   esta Ley son favorables e instrumentarlos   de inmediato resulta lo mejor. Iniciamos   con la constitución del órgano   de justicia, que en nuestro caso tiene   siete miembros que representan a los   más de 300 afiliados con que contamos,   afirmó Angela.

Entre los elegidos para el Órgano   de Justicia Laboral están Rigoberto Padrón   Arza y Raúl Hechavarría Ferrer.   Y aunque ambos tienen experiencias   diferentes en cuanto a impartir justicia,   comparten similares expectativas   con la tarea asignada.

Rigoberto se enfrenta por primera   vez a esa misión; el segundo lleva ocho   años formando parte de este como representante   de la administración.

“Creo que es una extraordinaria   responsabilidad, afirmó Padrón, y la   idea es asumirla bajo el principio de   impartir verdadera justicia. El reto es   prepararme, como ya he hecho por mi   cuenta, consultando, leyendo documentos,   mientras llega el seminario que recibiremos”.

Raúl Hechavarría también consideró   la capacitación como decisiva para   el cumplimiento correcto de la misión   asignada. “Es que hay numerosas adecuaciones   y actualizaciones de leyes y   resoluciones. Espero que no falten las   opciones de superación constante para   los integrantes de los órganos”.

Un código revolucionario

Para Zamira Marín Triana, viceministra   de Trabajo y Seguridad Social   (MTSS), el Código, y mucho más su   implementación, responde al momento   que hoy vive el país, a propósito de las   acciones por anclar en puerto seguro   los lineamientos aprobados en materia   económica en el último congreso del   Partido.

“El Código de Trabajo es fundamental para garantizar orden y disciplina en los centros laborales”, afirmó la viceministra del MTSS, Zamira Marín. Foto: Eddy Martin
“El Código de Trabajo es fundamental para garantizar orden y disciplina en los centros laborales”, afirmó la viceministra del MTSS, Zamira Marín. Foto: Eddy Martin

 

Ciertamente —y aunque no siempre   le asiste la razón—, en diversos centros   “la voz que más se oye” es la del director   o administrador; para tales casos el   Código, o más bien el convenio, se viene   a convertir en un instrumento por encima   de voluntarismos y excesos, incluidas   también las inexactitudes que pudieran   existir por parte del trabajador.   He ahí lo imprescindible de conveniar.

“Incluso creo que era el momento   preciso de aprobar este nuevo Código   —en vigor desde junio pasado—, pues el   anterior ya constituía un obstáculo al   grupo de medidas asumidas por el país en   los últimos tiempos.

“A veces la operatividad del día a   día hacía olvidar lo pactado, pero vemos   que el convenio tiene que convertirse en   instrumento vivo, informal dentro de la   formalidad que entraña, capaz de enriquecerse   cada vez que surja la necesidad”,   indicó la Viceministra.

Prever con tino  

Los debates entre las comisiones administrativas   y sindicales para conformar   los lineamientos para los convenios colectivos   en cada sector, reafirman la importancia   de que las organizaciones sindicales   se capaciten constantemente en temas   de su total incumbencia.

Al respecto, la vicetitular del MTSS   subrayó que entre esas cuestiones están   las facilidades a sus dirigentes para que   cumplan con sus funciones, las normas   de conducta general o las específicas y las   características personales que se exigen   en el desempeño de determinados cargos.

“También están los términos y condiciones   del pago del salario a los trabajadores,   así como la relación de cargos y   áreas de trabajo donde se puede utilizar el   doble turno, entre otras”, aseveró.

Especial importancia concedió la Viceministra   a la participación de los trabajadores   en la elaboración de los convenios   colectivos, e insistió en lo siguiente: “Para  que sea válido tiene que ser discutido y   aprobado en asamblea de trabajadores”.

Hizo hincapié en los vínculos del Código   con los trabajadores por cuenta propia,   las cooperativas no agropecuarias y   otras formas de gestión. Aclaró que tales   documentos no incluyen a los trabajadores   por cuenta propia, que laboran de   forma independiente . “Por ejemplo, un   carretillero que vende frutas y vegetales   por su cuenta no es sujeto de estas normas”,   subrayó.

“En las cooperativas es aplicable solo   a los subordinados asalariados, mientras   el resto —cooperativistas y socios— se   guían por la legislación específica dictada   para cada caso. Por supuesto, en las entidades   estatales se ajusta a todos, empleadores   y subordinados”, dijo.

En el caso de los empleadores en el   sector no estatal tienen la obligación de   garantizar el cumplimiento de las ocho   horas de trabajo reconocidas legalmente   en el país, el salario mínimo establecido,   así como el día de descanso a la semana y   siete de vacaciones pagadas como mínimo   en el año”.

La experiencia asegura que el momento   de implementar el Código constituye   un momento único donde la previsión   para incluir todo lo que se pueda será   la mayor garantía para la solución de los   problemas y conflictos que el futuro   depare.

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