Resolución 17: unos a favor,  otros en contra

Resolución 17: unos a favor, otros en contra

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En Sarex los trabajadores recibieron ingresos superiores al implementarse la Resolución 17 pero es destacable que se crearon las condiciones para ello. Foto: De la autora
En Sarex los trabajadores recibieron ingresos superiores al implementarse la Resolución 17 pero es destacable que se crearon las condiciones para ello. Foto: De la autora

El 17 no es un número que lleve consigo un acertijo, no de mala suerte, pues puede que desde ahora figure como la buena estrella.

Con él se nombra la norma jurídica que establece nuevas reglas para los sistemas de pago, con el objetivo de incrementar la productividad del trabajo, reducir los gastos y los costos, elevar los niveles de producción o servicios con la calidad requerida, el aprovechamiento de la jornada laboral e incrementar la eficiencia de la empresa estatal socialista cubana.

No obstante sobre la aplicación de la Resolución No. 17 del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, que deroga las Resoluciones No. 9 del 2 de febrero del 2008 y la No. 56 de 22 de octubre del 2013, existen criterios diversos.

Es “bendecida” por trabajadores de algunos centros laborales de Villa Clara, no muy bien recibida por otros y en expectativa están los que pidieron prórroga para implantarla.

Esta resolución plantea la redistribución de los ingresos a partir de indicadores directivos (calidad, ventas netas, pérdidas o utilidades) que debe determinar cada empresa. En dependencia de las condiciones técnicas organizativas del proceso de producción o servicios, de las posibilidades de control y medición de los gastos y de los resultados del trabajo, se aplican las formas de pago por rendimiento y a tiempo, mediante los sistemas de pago a destajo y por resultados.

La forma de pago por rendimiento se aprueba anualmente en el proceso de elaboración del plan por los presidentes o directores de las organizaciones superiores de dirección empresarial, los directores de las empresas que se subordinan directamente a un órgano, organismo o entidad nacional y los directores de las empresas que aplican el perfeccionamiento empresarial, previo acuerdo con el sindicato al nivel que corresponda.

Lo anterior implica un cambio profundo en el sistema empresarial, de ahí que su implementación debe ser certera para que no caiga al vacío.

Bendecida en Sarex, pero ¿la Inpud, el lácteo…?

Desde hace varios años la empresa de sacos de polipropileno Sarex de Villa Clara no cumplía sus planes productivos. En sus talleres frecuentó la fluctuación laboral y la remuneración era mínima.

El panorama ha cambiado luego de haberse implantado allí la 17, como se le nombra a la resolución que estipula la nueva forma de pago. De ello da fe el rostro sonriente de Wilma Álvarez, la operaria más “larga” de toda la planta de tejeduría, quien este mes tuvo por ingresos el doble de lo que tradicionalmente recibía.

“La resolución dio el toque final necesario para resolver los problemas de la empresa. Desde hacía algún tiempo se daban pasos en la organización del trabajo, la atención al hombre, la capacitación y la mejor planificación de la materia prima”, aseguró.

Olga Véliz, jefa de Recursos Humanos de esa entidad, corroboró que en el primer mes de implementada la resolución los trabajadores incrementaron sus dividendos, “se crearon las condiciones para obtener valor agregado y mantener un equilibrio en los pagos mensuales”, afirmó.

Asimismo, Ricardo Hernández, secretario del buró sindical, consideró que “el proceso debe ser exacto en un centro como este que labora las 24 horas, pues con una rotura tecnológica o un inconveniente con el suministro de electricidad se dificulta la estimulación”.

En cambio los obreros de la Industria Nacional de Utensilios Domésticos (Inpud) Primero de Mayo y otros de la rama alimenticia están escépticos no obstante la resolución.

Rafael Arabí Jiménez, de la Inpud, puntualizó: “Al ser importada no hay estabilidad de la materia prima. Siempre estaremos con el agua al cuello”. A su vez Niurka García, especialista de Recursos Humanos, señaló que las características productivas allí no permiten aplicar el destajo.

En el lácteo de Villa Clara son varias las preocupaciones: “La materia prima está sobre ruedas y depende de la agricultura, el proceso de acopio de la leche es ineficiente, la tecnología obsoleta, no es estable el suministro de agua a la industria y no se le logra sacar valor agregado, además de producir contra un plan establecido”, afirmaron.

La recapadora de gomas David Díaz Guadarrama y la fábrica de mayonesa La purísima, ambas entidades con resultados eficientes en su gestión, recibieron prórroga para implementarla y están expectantes. En la primera consideran que será beneficiosa, en la segunda saben que se presentarán inconvenientes para mantener la eficiencia por los vaivenes de los insumos y los planes estrictos que no pueden ampliarse.

Otros colectivos de reconocida productividad al estar subordinados, con las nuevas estructuras a empresas nacionales u otras organizaciones que no son eficientes, consideran que pagarán justos por pecadores.

Son disímiles los criterios y opiniones. Estas interpretaciones indican que la Resolución 17 debe estudiarse al detalle por cada empresario y colectivo laboral, así como planificarse y preverse los inconvenientes que puedan presentarse durante el proceso productivo.

Como nunca antes se impone que sea efectiva la participación del trabajador en la confección del plan de producción anual, que se exijan estudios de organización del trabajo y analizar mensualmente los indicadores económicos en las asambleas de afiliados.

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4 comentarios en Resolución 17: unos a favor, otros en contra

  1. Esta Ley beneficia más a los que no están directo a la producción que a los que están directo, enfrentándose a la realidad de lo que aporta dinero en las empresas, aún cuando el trabajador productivo obtiene una buena suma te das cuenta que el que no productivo cobra lo mismo, incluso más.

  2. Consideraciones de la aplicación de la Ley 17 en una empresa de Ingeniería y proyectos.
    1-La aplicación de esta ley en empresas como (Ingeniería y proyecto) la nuestra que no tienen
    garantizado una estabilidad de mercado trae como consecuencia la des-estimulación de la
    mano de obra productiva que ve afectado su salario al incumplir los planes de producción por
    no tener mercado.
    2-La penalización sobre el salario por incumplimientos de los planes productivos es algo
    contradictorio. Se hace un contrato con el trabajador por trabajar el mes entero. Por esa razón
    se le debe pagar un monto fijo.
    3- En el trabajo de proyectos donde existe un grupo multidisciplinario de personas, los últimos
    en entrar a trabajar (según cronograma) pueden ver afectado su plan por cualquier incidencia
    en la cadena productiva no imputables a ellos, sin embargo, al no cumplir su plan, no se
    estimula y se penaliza el salario del trabajador.
    4-Un trabajador puede incumplir su plan de producción, pero está aportando a la empresa en
    alguna cuantía, está aportando para formar valores para el salario y la estimulación del resto
    de los trabajadores incluyendo los no productivos y sin embargo es penalizado (¿estamos trabajando para
    los no productivos?).
    5-La empresa no tiene la estructura adecuada para implantar la ley 17. Con la estructura
    actual y la implantación de la Ley se corrompe el trabajo en equipo que debe existir en un
    proyecto, se favorece el individualismo y la falta de cooperación, se convierte entonces en una
    lucha en pro del «produccionismo» que atenta contra la calidad de los trabajos (quiero cumplir el
    plan de mi departamento y no me interesa el plan de otros). Esto no favorece a los proyectos
    ni a su calidad. Una mejor estructura sería la implementación de la 17 por proyectos.
    6-¿Cómo se entiende que un trabajador (productivo)que no cumple su plan aunque trabaja de
    forma rigurosa e intensiva en el mes sea penalizado mientras un trabajador no productivo se
    sobre estimule. No se puede comparar la complejidad del trabajo de los trabajadores
    dedicados a la labor de proyección (trabajos sumamente especializados) con los otros
    trabajadores no productivos. Se está fomentando la idea de que es mejor no producir que
    estar vinculado directamente a las labores de proyecto. ¡QUE RICO ES SER “NO PRODUCTIVO”! en mi empresa
    7-Un Ejemplo claro. Este mes de Septiembre el pago adicional percápita de los trabajadores productivos estaba
    en 96 pesos aproximadamente sin embargo para los no productivos el pago adicional fue de 222 pesos. Evidentemente algo anda mal.
    Creo que la Ley 17 sería muy provechosa para mejorar la productividad, impulsar la economía pero requiere un estudio profundo dentro del contexto de cada empresa, creo que la propia empresa no deba implementarla.Es necesario estudiar cada procedimiento por una entidad exterior a la empresa a fin de optimizar su funcionamiento y entonces aplicar la 17.

  3. La resolución 17 según mi experiencia porque ya se me ha pagado 2 meses por la misma y en ambos he sobrecumplido mi plan con creces es que solo favorece a los departamentos no productivos en las empresas (Economía, recursos humanos, etcc….), un ejemplo pero claro el mes pasado mi CPL fue de 1,80, es decir casi doblo mi plan de producción solo recibiendo 21 pesos por encima de mi salario, sin embargo los no productivos recibieron 200, 300 y más. Qué opinan, favorece o no?, ahora me pregunto y hasta ahora nadie tiene la respuesta hasta que % de sobrecumplimiento debo elevarme para siquiera llegarle a los talones a los no productivos?

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