¿Derechos vulnerados?

¿Derechos vulnerados?

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Hace tiempo que Zoima Rebeca Labrada Alarcón siente sus derechos vulnerados. Relata en su carta a Trabajadores que hace 35 años trabaja ininterrumpidamente como operaria agropecuaria en la unidad de la granja urbana plantas ornamentales Las Brígidas, perteneciente a la Empresa de Cultivos Varios de Las Tunas, en la provincia de igual nombre.

Explica que ese centro aplicó a partir del año 2008 el sistema de pago ingreso menos gasto, y “desde entonces a mí, la única mujer del colectivo, me discriminan, pues solo me otorgan el 20 % y a los hombres, incluido el jefe de brigada, el 100 % como coeficiente de participación laboral (CPL), que a fin de mes este otorga a criterio personal, sin discutirlo con el colectivo de trabajadores”, resalta Zoima.

Y abunda: “Al reclamarle me contestaba en forma descompuesta y hasta con improperios. Esto dio motivo a que expusiera mi caso al Consejo de Estado y a partir de esa fecha se me hace una guerra total, hasta llegándome a plantear que me darían jubilación forzosa”.

La querellante relaciona las múltiples gestiones legales hechas en busca de respuestas que satisficieran sus reclamaciones, las cuales incluyen la vista celebrada el 23 de octubre del año 2011 ante el órgano de justicia laboral de base (OJLB) de la delegación provincial de la Agricultura, atendiendo a las sugerencias del Consejo de Estado.

Allí quedó demostrado que “los trabajadores (…) solo se enteraban del CPL otorgado el día del pago (…) violando así lo establecido en la metodología del MTSS (Resolución 9/2008)”. Además, el jefe de colectivo desconocía que debía elaborar un reglamento con los indicadores y los porcentajes a otorgar”, subraya.

Afirma que el OJLB declaró con lugar su reclamación y dictaminó la indemnización de lo dejado de cobrar por ella hasta el límite de seis meses, como establece el Código de Trabajo. Pero en la apelación de la administración al Tribunal Municipal Popular, este falló en mi contra “a pesar de contar con el expediente del proceso con todas las violaciones cometidas”, remarca la demandante.

Zoima no se dio por vencida y reclamó al Tribunal Supremo Popular (TSP). Después de un año le llegó la respuesta, la cual plantea que ese órgano se auxilió para investigar, en la filial de la Oficina Nacional de Inspección del Trabajo, algo que en su opinión, no debió ocurrir, pues el jefe de la granja desde hacía poco tiempo era especialista allí. “¡¿Harina del mismo costal?!”, significa la demandante.

Se cuestiona por qué no pidieron esa información en la delegación provincial de la Agricultura y afirma que duda de la veracidad del documento emitido al TSP, “que como era de esperarse también falló en mi contra”, manifiesta.

Aclara que el argumento de la administración para reclamar el fallo recoge que la granja no estaba en condiciones de pagarle ese dinero. En ningún momento decía que lo probado en la vista no era cierto, destaca.

Ahora, “para salir de mí quieren aplicarme proceso de idoneidad. Yo tengo 58 años de edad y puedo cumplir bien la nueva Ley de jubilación a los 60, pero les molesto”, razona la trabajadora.

¿Están o no vulnerados los derechos de Zoima? La respuesta corresponde a las instancias administrativas, sindicales y jurídicas, para que la justicia no trastoque su función educativa y de equilibrio entre las partes en conflicto.

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