Desde hoy: Declaración Jurada del Impuesto sobre los Ingresos Personales

Desde hoy: Declaración Jurada del Impuesto sobre los Ingresos Personales

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Foto: Tomada de Internet
Foto: Tomada de Internet

A partir de hoy y hasta el 30 de abril se extiende el plazo para la presentación voluntaria de la Declaración Jurada (DJ) sobre los Ingresos Personales, para los obligados a esa acción.

De acuerdo con la Ley 113 del Sistema Tributario, deben declarar los trabajadores por cuenta propia que tributen por el Régimen General, personas naturales que reciban gratificaciones, socios y representantes de empresas mixtas residentes en el país (por los dividendos o participación de las utilidades en las empresas), y otras personas naturales que generen ingresos gravados por tributos.

En declaraciones ofrecidas en conferencia de prensa por la jefa de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), Yolanda Álvarez, anunció que en este proceso se fiscalizarán todas las Declaraciones presentadas por los contribuyentes.

Entre los propósitos de esa verificación señaló el incremento de la cultura tributaria y la responsabilidad de los contribuyentes, garantizar ingresos oportunos al Presupuesto del Estado en aras de respaldar los gastos sociales, y realizar propuestas de modificaciones de cuotas a los contribuyentes que lo requieran.

Álvarez hizo especial alusión a la importancia de presentar la DJ en el menor tiempo posible pues la fiscalización se realizará de forma paralela a ese proceso, en la medida que vayan entregándose las Declaraciones.

Mientras más rápido se entreguen los documentos, dijo, mayores posibilidades tiene el contribuyente de rectificar cualquier error o incongruencia en su DJ. Si esa corrección la realiza antes del 30 de abril, evitará multas o recargos.

Además, el contribuyente que presente su Declaración antes del 28 de febrero, puede acogerse al beneficio fiscal de un 5 % de descuento del total a abonar, destacó.

Como elementos novedosos se incluyen también la preparación de un único modelo de Declaración Jurada, el DJ-08, y su entrega gratuita, eliminándose este año la venta de tal documento en las oficinas de correo.

Según indicó la vicejefa de la ONAT, Yamilé Pérez, para la atención a los contribuyentes se extenderán los horarios de las dependencias de la ONAT en el país, de acuerdo con las características de cada territorio, y se trabaja en la optimización de sus locales.

Asimismo, enfatizó en la necesidad de entregar la DJ escrita en tinta, sin borrones o tachaduras, y firmada por el contribuyente. Añadió que las funciones de los especialistas de la ONAT incluyen la asistencia a los contribuyentes, no el completamiento de las Declaraciones.

En la Campaña anterior, declararon directivos de la ONAT en la conferencia, cerca de 15 mil contribuyentes dejaron de presentar su DJ. Hasta la fecha, la ONAT ha actuado sobre el 97 % de ellos. Pero, ¿qué pasa sino se presenta la DJ o se declaran ingresos inferiores a los obtenidos realmente?

Usted declara bajo juramento la veracidad de los datos consignados en la DJ y puede ser sancionado si no la presenta, o si los datos que informa en ella son inexactos, incompletos o fraudulentos.

Si no presenta la DJ se convierte en omiso. Por esta infracción se exige una multa de hasta 600 CUP. Una vez notificada la omisión está obligado a presentar el modelo en el término de cinco días hábiles. Si no declara en ese plazo, se le aplica una nueva multa de hasta 5 000 CUP.

Si declara ingresos inferiores a los realmente obtenidos se convierte en subdeclarante. Por esa violación la multa que se impone puede llegar hasta 10 mil CUP.

Si no tiene dinero para liquidar la deuda determinada, puede solicitar un Convenio de Aplazamiento en la ONAT municipal en que está inscrito, lo cual incrementa su deuda. El otorgamiento de dicho convenio es potestad de la ONAT y una vez firmado, se asume que usted renuncia a reclamar.

OTRO APARTADO

La Declaración Jurada sobre los Ingresos Personales forma parte de la Campaña de Declaración y Pago de Tributos que anualmente organiza la ONAT. El calendario para este año es el siguiente:

Tributos

Periodo

Impuesto sobre los Ingresos Personales8 de enero al 30 de abril
Impuesto sobre las utilidades8 de enero al 31 de marzo
Ingresos no Tributarios8 de enero al 30 de junio

Obligaciones

 
Impuesto sobre Transporte Terrestre8 de enero al 30 de septiembre
Impuesto sobre Propiedad o Posesión de Embarcaciones8 de enero al 30 de septiembre

(Tomado del periódico Granma)

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Un comentario en Desde hoy: Declaración Jurada del Impuesto sobre los Ingresos Personales

  1. Buenas tardes necesito saber en el caso del personal que labora en firmas extranjeras si se les elimino la escala progresiva de Ingresos Personales
    Sección G: Determinación de Impuestos según escala progresiva aplicada a la Base Impositiva
    Exceso de Hasta %
    0 10.000 15
    10.000 20.000 20
    20.000 30.000 30
    30.000 50.000 40
    50.000 50
    Necesito me aclares esto de ser posible el documento es complicado y no queremos tener errores mi correo es luisama@infomed.sld.cu
    Saludos Luisa Maria

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