Código de Trabajo digno de estos tiempos

Código de Trabajo digno de estos tiempos

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Anteproyecto de Ley-Código del Trabajo-CubaLlevar a consulta y debate a los colectivos laborales para que sus integrantes expongan criterios, con el objetivo de ratificar, enriquecer o modificar el Anteproyecto de Ley Código de Trabajo es muestra de  democracia y confianza en los trabajadores cubanos.

Sin duda, el documento respeta los principios del derecho al trabajo, implícitos en la Constitución de la República, los convenios de la Organización Internacional del Trabajo; asume los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, aprobados en el VI Congreso del Partido concernientes a las relaciones laborales.

Más allá de cualquier corrección, adición o supresión que pueda proponérsele, el mismo respalda al trabajador. Incluir de forma puntual a la organización sindical posibilita el control sobre la legislación; en un momento en que la administración asume alto nivel de decisión en el proceso productivo, además el escenario laboral cubano integra, como nunca antes, propiedad estatal, cooperativa y privada.

Contener un capítulo dedicado a las relaciones entre los empleadores y las organizaciones sindicales (Capítulo II-Sesión Única. Disposiciones Generales), que contempla 8 artículos (del 12 al 19),  es expresión de la importancia que se concede a estas últimas.

Con este capítulo, los sindicatos y la Central de Trabajadores de Cuba (CTC) en todos sus niveles mantienen su autoridad. Se reconoce la organización dentro del proceso histórico de las luchas de nuestro pueblo, le otorga derecho a expresarse, a participar en la ejecución del plan económico y perfeccionar el proceso laboral, puede contribuir al cumplimiento de la disciplina, incluso la dirección nacional posee la potestad de proponer leyes.

En consecuencia las organizaciones de base y todo el sistema sindical y la CTC asumen la responsabilidad de garantizar el cumplimiento del   Código de Trabajo que se apruebe. Espacios para ello existen, pero se necesita una participación efectiva de los trabajadores. En lo adelante habrá que saber participar y las asambleas sindicales deberán despojarse del formalismo que las ha caracterizado.

Igualmente exige en varios artículos (80,83,131,132,134,135,136,155,181) el apoyo de los sindicatos. Es obligatorio contar con la organización para aprobar jornadas laborales diferentes a la normal, identificar y evaluar los riesgos en el trabajo, la protección e higiene en cada centro, entre otras cuestiones.

Esta protección al trabajador, que en gran medida es atención al hombre, está contenida en el documento. Al respecto se incluyó como nuevo otorgar licencias no retribuidas a trabajadores con responsabilidades familiares y aunque existe la propuesta de cambiar el término “a su abrigo” para flexibilizarlo, es positivo que la problemática se contemplara, protege a los trabajadores con Sida y VIH, autoriza licencias culturales, deportivas, científicas y a aquellos que representan a la ciudadanía como delegados y diputados a los órganos de gobierno.

El Anteproyecto en 10 de sus artículos (31,36,79,80,83,114,173,174,175,176) estipula inscribir temáticas en el Convenio Colectivo de Trabajo, el capítulo XIV  establece las disposiciones generales para hacerlo valer como la ley de la empresa.

Los Convenios Colectivos de Trabajo, si siempre fueron importantes, ahora se convierten en la herramienta vital e imprescindible para defender el criterio de los trabajadores. Aunque existen muchas propuestas salidas del debate actual que refieren sean inscritos otros asuntos en el convenio, lo cierto es que el Anteproyecto establece convenir la idoneidad demostrada, aspectos de los contratos, el régimen de trabajo y descanso, los dobles turnos entre otras particularidades esenciales.

Válidos han sido los planteamientos referidos a las posibilidades de capacitación, el servicio social, el adiestramiento, la solución de los conflictos laborales, la custodia del expediente laboral, los contratos, los problemas salariales…

A partir de lo anterior los trabajadores expresan preocupaciones que trascienden los momentos actuales, entre ellas:  al derogar aspectos de la ley 13 sobre la maternidad no se estimulará la natalidad y agudizarán el problema demográfico, asumir la capacitación fuera de la jornada laboral es una necesidad, pero si no se adoptan medidas organizativas puede ir en detrimento de la superación por lo que urge una exhaustiva planificación de los recursos humanos y habrá que mejorar el diálogo entre gobierno, empleadores y formadores,  asimismo eliminar el adiestramiento y el servicio social en técnicos medios compromete el fomento de los valores de laboriosidad y estímulo al trabajo en los jóvenes.

De igual manera pueden perderse trabajadores especializados como puntistas, mecánicos de central, torneros que son contratados por períodos específicos y que encontrarán ofertas laborales más atractivas en otros sectores de ser contratados por tiempo determinado y no preservárseles en la entidad.

Cada  planteamiento se expone a partir de las vivencias, aristas, especificidades de cada sector y región del país, pero se pudo tener en cuenta estudios sobre análisis social del trabajo en Cuba  y la movilidad de realidad interna de la isla, consultar líderes de opinión e instituciones para priorizar en el documento los sectores en concordancia con la implicación de los mismos en la economía cubana.

La normativa está integrada de 12 políticas de aplicación general, 13 para el sector estatal y 5 para el no estatal, deroga tres leyes, ocho decretos-leyes, cuatro decretos y 77 resoluciones, pero no estipula cómo funcionarán las circulares y otros documentos que puedan emitirse posteriormente por ministerios y entidades tal como ha sido hasta ahora en la práctica.

Los cambios propuestos están en función de lograr una empresa estatal socialista racional, ordenada, eficiente, con disciplina productiva y tecnológica a la vez que protege al resto de las relaciones de producción que existen en el país; en concordancia es significativo el alto nivel de reflexión, análisis y el apoyo a la necesidad de adaptar la ley al actual escenario laboral.

El presidente de la Comisión Organizadora del XX Congreso de la CTC, Ulises Guilarte De Nacimiento, ha destacado en varias ocasiones que este documento deberá constituir un instrumento fundamental del proceso de actualización económica del país y ha llamado a hacer un Código de Trabajo “digno de estos tiempos”, para ello el aporte de todos en este debate es decisivo.

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