El reporte es único  por cada vehículo administrativo

El reporte es único por cada vehículo administrativo

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El reporte debe permanecer bajo custodia de la persona autorizada a habilitar combustible. Foto: Agustín Borrego
El reporte debe permanecer bajo custodia de la persona autorizada a habilitar combustible. Foto: Agustín Borrego

Desde inicios del presente mes, los  vehículos administrativos están en la  obligación de contar con el Reporte de  Combustible Habilitado y Kilómetros  Recorridos, que sustituye la hoja de  ruta.

Se trata del documento oficial  que permite el registro del combustible  abastecido y el consumido por el  auto; así como los kilómetros recorridos,  el mantenimiento que debe realizar  y su cumplimiento, así como otros  elementos.

A partir de la implementación del  documento, varios choferes y administradores  hicieron llegar algunas interrogantes  a Trabajadores. Javier Roque,  director de Transporte Automotor  del MITRANS, les dio respuesta.

¿Debe el chofer llevar consigo el  reporte de combustible y kilometraje,  o ese documento tiene que permanecer  con el jefe de transporte? De lo  contrario, ¿tienen que hacerse dos,  uno para cada uno?  

No es imprescindible que el reporte  lo lleve consigo el chofer, este  debe permanecer bajo custodia de la  persona autorizada a habilitar combustible,  quien ha de llenar el reporte  sin falsear la información y firmarlo.

El reporte es único por cada  vehículo administrativo, se emite con  una frecuencia mensual y no es exigible  en la vía por los órganos de control  y de inspección, pero sí en la oficina,  base o piquera de las entidades donde  se controlan los vehículos.

¿En aquellos organismos que tienen  horario irregular, los choferes  deben seguir portando la carta de la  administración que los autoriza a  circular en cualquier horario?  

No existe ninguna normativa que  exija una carta para que los vehículos  estatales circulen en horario irregular.  Estos carros pueden andar sin  limitaciones, en labores relacionadas  con el cumplimiento de sus funciones  o realización del objeto empresarial  o social, según se trate, siempre que  las administraciones no dispongan lo  contrario.

También podrán utilizarse para  asistir a concentraciones populares,  trabajos voluntarios, centros de salud  para atender a trabajadores, así como  a un funeral de un compañero.

Dichos vehículos también podrán  emplearse, con carácter excepcional  y previa autorización escrita de los  jefes de las correspondientes entidades,  para asistir a eventos de carácter  educacional, deportivo o cultural de  la entidad.

Igualmente, para trasladar trabajadores  de la empresa a puertos,  aeropuertos y marinas; para realizar  mudanzas de algún trabajador de la  entidad, y para asistir a actividades  recreativas oficiales y de estímulo a  los colectivos.

¿Qué facilidades se han creado  para hacer los logotipos que identifican  a las empresas y entidades?

El uso del logotipo no es un requisito  nuevo, con la legislación anterior  los vehículos con matrícula de color  azul estaban obligados a portar dicho  distintivo.

El cambio radica en los carros  de matrícula de color carmelita que  ahora sí tienen que utilizarlo. Podrán  obtenerlo en las entidades que  se dedican a hacer publicidad o a rotularlos  con pintura u otro material  que se disponga, observando siempre  las dimensiones y las características  exigidas por la resolución 382/13 del  MITRANS.

¿Qué hacer si la administración  no tiene los recursos necesarios para  elaborar los reportes?  

Debemos explicar que con la implementación  del Reporte de Combustible  Habilitado y Kilómetros Recorridos,  se disminuye considerablemente  el gasto en modelaje que tenían las entidades.  Un vehículo administrativo,  como promedio, llenaba una hoja de  ruta en tiro y retiro por semana, por lo  que consumía aproximadamente cuatro  hojas de ruta mensualmente.

Con el nuevo modelo se debe consumir  uno por vehículo mensualmente;  sin embargo, el costo de impresión es  similar. Los recursos que venían utilizándose  para la confección de las hojas  de ruta, pueden ser empleados en la  confección de este nuevo documento.

¿Por qué no extender el plazo  para comenzar a controlar los reportes?  Según los lectores esta decisión  precisa de una mayor explicación…  

Como parte de la resolución  383/13 se incluyó un instructivo que  explica claramente quién debe llenar  cada sección del Reporte y qué  se debe poner; no obstante, en las  reuniones mensuales de seguimiento  al Proyecto de Reordenamiento de  las Piqueras de Vehículos de los organismos  de la administración central  del Estado(OACE) y consejos de  la administración provincial(CAP) se  les dará un seminario de cómo hacerlo,  siendo responsables cada OACE  y CAP de transmitírselo al resto del  sistema empresarial y presupuestado  a ellos subordinado.

Acerca del autor

Graduada en Licenciatura en Periodismo en la Facultad de Filología, en la Universidad de La Habana en 1984. Edita la separata EconoMía y aborda además temas relacionados con la sociedad. Ha realizado Diplomados y Postgrados en el Instituto Internacional de Periodismo José Martí. En su blog Nieves.cu trata con regularidad asuntos vinculados a la familia y el medio ambiente.

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